JUDICIAL EN VÍA DE APREMIOSUB-JA-2026-264355BOE-B-2026-23853

Local comercial en Pobla de Farnals, Valencia/València

Concluidacerró hace 30 días(3 de agosto de 2026, 18:00 h)

Importes

Sin puja mínimaTasación 76.877 €
Puja máxima 39.000 €
Valor de subasta
76.877 €
Tasación
76.877 €
Tramos entre pujas
Sin tramos
Depósito para pujar
3844 €
Cantidad reclamada
69.616 €
Pujas
Puja más alta pública, prórroga hasta 24 h

FINCA URBANA. NUEVE. En Pobla de Farnals (Valencia). Local en planta baja, número OCHO, destinado a fines comerciales industriales, situado a la derecha de la fachada que recae a la calle de Jacinto Benavente.

Bien subastado

Bien 1 · Inmuebles · Local comercial

FINCA URBANA. NUEVE. En Pobla de Farnals (Valencia). Local en planta baja, número OCHO, destinado a fines comerciales industriales, situado a la derecha de la fachada que recae a la calle de Jacinto Benavente. Ocupa una superficie útil de sesenta y dos metros, un decímetro cuadrado y construida con elementos comunes de setenta y cuatro metros, cuarenta y seis decímetros cuadrados. Y linda: frente, dicha calle de su situación; derecha entrando, el edificio número dos de la Avenida del País Valenciá; izquierda, los comerciales números cinco, seis y siete; y por el fondo, comercial cinco, rellano de escalera y cuarto de conta- dores. Su CUOTA en la comunidad es del 3'25 por cien- to. INTEGRACIÓN.- Forma parte integrante en régimen de propiedad horizontal de un edificio sito en La Pobla de Farnals (Valencia), con frontera principal recayente a la calle Jacinto Benavente, número sesenta y…

Dirección
Calle JACINTO BENAVENTE, Nº 62, Planta PB, Local 8, 46139, POBLA DE FARNALS
Provincia
Valencia/València
Referencia catastral
9749101YJ2894H0009GQ
Inscripción registral
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Puzol, al tomo 1968, libro 151, folio 152, finca registral 9389
Ocupación
Situación posesoria no consta
Visitable
No consta

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el…