Vivienda en Paiporta, Valencia/València
Importes
- Valor de subasta
- 176.630 €
- Tasación
- 176.630 €
- Tramos entre pujas
- Sin tramos
- Depósito para pujar
- 8832 €
- Cantidad reclamada
- 71.568 €
- Pujas
- Puja más alta pública, prórroga hasta 24 h
VIVIENDA EN PAIPORTA. URBANA, NUEVE.- Vivienda en cuarta planta alta, señalada con la puerta número SIETE de la escalera, del zaguán señalado con el número 10 de la calle Jaime I, tipo D, del edificio sito en Paiporta, recayente a las calles Jaime I y Ausias March, señalado con los números 10, 12 y 14 en la primera de dichas calles, formando esquina a ambas vías públicas. Con distribución propia…
Bien subastado
VIVIENDA EN PAIPORTA. URBANA, NUEVE.- Vivienda en cuarta planta alta, señalada con la puerta número SIETE de la escalera, del zaguán señalado con el número 10 de la calle Jaime I, tipo D, del edificio sito en Paiporta, recayente a las calles Jaime I y Ausias March, señalado con los números 10, 12 y 14 en la primera de dichas calles, formando esquina a ambas vías públicas. Con distribución propia para habitar; superficie útil ochenta y nueve metros ochenta y tres decímetros cuadrados; lindante, mirando desde la citada calle: por frente, dicha calle; derecha, calle Ausias March; izquierda, vivienda tipo A, del mismo cuerpo de obra, hueco de ascensor, rellano y hueco de escalera y patio de luces; y fondo, general de la edificación. Porcentaje; 2,18. Calificada definitivamente de vivienda de Protección Oficial de Promoción Privada según cédula expedida en Valencia el 24 de mayo de 1994,…
- Dirección
- Calle Jaime I, 46200, Paiporta
- Provincia
- Valencia/València
- Referencia catastral
- 2578808YJ2627N0009HX (véase Edicto)
- IDUFIR / CRU
- 46068000203366
- Inscripción registral
- FINCA NÚMERO 9335 DE PAIPORTA. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Valencia nº 17, al Tomo 750, Libro 125 y Folio 85. (Consúltese Certificado de dominio y cargas).
- Vivienda habitual
- Sí
- Ocupación
- Situación posesoria no consta
- Visitable
- No consta
Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el…