Trastero de 10 m² en San Sebastián (Donostia), Gipuzkoa
Importes
- Precio mínimo
- 7500 €
- Tasación
- 7500 €
- Depósito con la oferta
- No consta
Bien en venta directa
Finca nº 5551 de San Sebastián - Trastero nº 14 (1/4). Trastero en semisótano intermedio, Paseo de Altza nº 22 de San Sebastián. Superficie aproximada de 10 m2. Participación: una cuarta parte indivisa
- Dirección
- Paseo de Altza, 22, 20017, San Sebastián (Donostia)
- Provincia
- Gipuzkoa
- Referencia catastral
- 00000000000008696021
- Inscripción registral
- Registro nº 1, Tomo 1616, Libro 119, Folio 44, Finca 5551
- Superficie
- 10 m²
- Cargas
- Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes
- Tasación
- 7500,00 €
- Precio mínimo
- 7500,00 €
Condiciones de la adjudicación directa
- Plazo de ofertas
- 26 de agosto de 2026, 13:00 h
- Apertura de sobres
- 27 de agosto de 2026, 09:00 h
- Organismo
- Dirección Provincial de Gipuzkoa - Unidad de Recaudación Ejecutiva 20/04
- El depósito se constituirá por el importe indicado en la relación adjunta, mediante cheque certificado, visado o conformado a nombre de la TGSS
- Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción
- El adjudicatario no podrá ceder su derecho a un tercero
- Si la mejor oferta no alcanzara el 25% del tipo de enajenación fijado para la subasta, podrá adjudicarse a cualquier persona presente que ofrezca dicho porcentaje o postura superior
- Pago de la diferencia entre precio de adjudicación y depósito en los cinco días hábiles siguientes, con pérdida del depósito en otro caso
- El adjudicatario responde con el propio inmueble de las deudas con la comunidad de propietarios (art. 9 LPH)
- Derecho del deudor a presentar tercero que mejore la oferta en tres días hábiles si la mejor oferta fuera inferior al 75% del tipo
- Derecho de tanteo de la TGSS en plazo máximo de 30 días
- Gastos fiscales y registrales de la transmisión a cargo del adjudicatario
Se enajena una cuarta parte indivisa del trastero. Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados al expediente. El adjudicatario responderá con el propio inmueble de las cantidades que puedan adeudarse a la comunidad de propietarios hasta el límite del art. 9 LPH. La enajenación se suspenderá si se paga íntegramente la deuda antes de la adjudicación.
Leído del anuncio del tablón (p. 5) por claude-opus-5 el 27 de agosto de 2026, 21:52 h. Compruebe siempre el anuncio oficial.